El homologador tertuliano
De los nuevos oficios que, gracias a los fabulosos avances de la tecnología, se ofrecen a los leales súbditos de su Católica Majestad.
El Homologador Tertuliano
Dada la proliferación en los llamados medios de comunicación audiovisuales, antes conocidos como radio y tele, de programas presentados bajo el título general de “Tertulias” en los que se pontifica de forma inmisericorde sobre todo lo divino y lo humano, sin la garantía para el sufrido oyente-paciente de la debida homologación de los conocimientos que en los temas tratados tengan los prohombres y promujeres que se dedican a la pontificación a granel, se ha creado por el organismo competente en Homologaciones y Lo Que Haga Falta, el nuevo cargo de Homologador Oficial y Supervisor Mediático-Tertuliano.
El homologador será el encargado de examinar a los aspirantes a tertuliano, emitiendo los correspondientes carnets en las diferentes categorías que establezca el reglamento. Este carnet deberá ser presentado por el tertuliano cuando así sea requerido por un homologador autorizado y en caso de no hacerlo será castigado a decir tres verdades seguidas y a perder dos turnos de la rueda tertuliana. En caso de reincidencia podrá ser castigado con hasta tres telenoticias o bien dos concursos de “¡A que Usted No Lo Sabe!”
El homologador también tendrá atribuciones para asistir a todas las tertulias emitidas por los medios o los enteros de comunicación, comprobando la veracidad y los fundamentos en los que se basen los diferentes dogmas y profecías emitidos por los tertulianos.
De encontrar un tertuliano que hable sobre un tema que conoce o bien que no haya atacado y rematado debidamente a la víctima propiciatora que le haya sido asignada, deberá ponerlo en conocimiento de la superioridad, que establecerá la sanción correspondiente de acuerdo con la gravedad de la falta y la categoría del protector que apadrine al tertuliano.
Dada la delicadeza de la alta misión que les está encomendada, ya que de ella depende la correcta desinformación y el establecimiento de los estados de opinión ajustados a la realidad que haya sido definida en cada caso por las autoridades competentes (o generalmente incompetentes), los homologadores deberán seguir cursos periódicos de perfeccionamiento en centros especiales creados al efecto.

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